Tarifas Notariales

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Tarifas Notariales Vigentes 2025

Las tarifas notariales vigentes en función de la Resolución: No. 005-2023 de 13 de enero de 2023 del Consejo de la Judicatura.

Valor del Salario Básico Unificado para el año 2025 : USD 470,00

Tabla 01. Transferencia de dominio

  • Transferencia de dominio, permutas, dación en pago, liquidación de sociedad conyugal o sociedad de bienes en unión de hecho, renuncia de gananciales, partición y adjudicación, novación, transferencias del fiduciario, dominio con hipoteca.
  • Aumento de capital de compañías (en aporte de bienes muebles e inmuebles).
  • Caución e inventario en el usufructo (60% del valor total de los inmuebles).
  • Contrato de arrendamiento por escritura pública (canon mensual por meses que dure el contrato).
  • Actos, contratos, diligencias notariales y otros no previstos.
  • Constitución de transferencia de usufructo 60% de avalúo catastral.
  • Transferencia de nuda propiedad 40% de avalúo catastral.
  • Constitución de uso y/o habitación 60% avalúo catastral.
  • Escrituras de vivienda con finalidad social, (se reduce el 25% de la tarifa de este articulo si la cuantía no supera USD. 60.000).
Tabla 01

Nota: Escrituras de vivienda con finalidad social, (se reduce el 25% de la tarifa de este articulo si la cuantía no supera USD. 60.000).

Tabla 02. Promesas

Tabla 03. Constitución de hipoteca y mutuo hipotecario

  • Constitución de hipoteca abierta o cerrada y mutuo hipotecario, constitución de prenda o comodato.
  • Constitución de hipoteca abierta y mutuo hipotecario abierto, en base a avalúo catastral.
  • Comodato: según catastro municipal.
  • Constitución de hipoteca a favor de instituciones con finalidad social, la tarifa es de 50%.

Tabla 04. Baja de inventarios

  • Cesión de derechos hipotecarios con cuantía determinada.
  • Declaración de baja de inventarios.

Tabla 05. Inscripción de contratos de arriendo

Tabla 06. Emisión de obligaciones

Tabla 07. Constitución de sociedades

  • Constitución de sociedades, aumento de capital, fusión y escisión de sociedades, promesa o constitución de consorcio, alianza estratégica, convenio de asociación (incluye 3 copias + razones o marginaciones).
  • Contratos de prestación de servicios para la exploración y explotación de hidrocarburos u otros contratos relacionados.

Tabla 08. Cesión de participaciones y disminución de capital

Tabla 09. Alícuotas de vivienda

Declaratoria de propiedad horizontal y sus modificatorias

Tabla 10. Alícuotas comerciales

Propiedad horizontal de alícuotas comerciales (alícuota parcial)

Tabla 11. Remates voluntarios

Libro de Certificaciones

Anexo 02. Actos de cuantía indeterminada

Nota: Las tarifas detalladas no corresponden al valor total del servicio notarial debido a que éste podría verse incrementado por documentos habilitantes que requieran ser certificados-

Exoneraciones Adultos Mayores y Personas con Discapacidad

Art. 126 del Reglamento del Sistema Notarial Integral de la Función Judicial.- Personas adultas mayores.- Las personas adultas mayores se encuentran exentas en el pago de la tarifa en los actos que contengan su única y exclusiva declaración de voluntad los cuales se detallan a continuación:

  • EXTINCIÓN DE PATRIMONIO FAMILIAR. Cuando el Adulto Mayor sea el ÚNICO Y EXCLUSIVO PROPIETARIO.
  • DECLARACIÓN JURAMENTADA. Cuando el Adulto Mayor sea el ÚNICO Y EXCLUSIVO DECLARANTE.
  • RENUNCIA DE GANANCIALES. Acto de única y exclusiva voluntad del Adulto Mayor.
  • DECLARACIÓN DE SUPERVIVENCIA. Acto de única y exclusiva voluntad del Adulto Mayor.
  • OTORGAMIENTO DE TESTAMENTO ABIERTO. Acto de única y exclusiva voluntad del Adulto Mayor.
  • OTORGAMIENTO DE TESTAMENTO CERRADO. Acto de única y exclusiva voluntad del Adulto Mayor.
  • ACEPTACIÓN Y REPUDIO DE HERENCIA. Acto de única y exclusiva voluntad del Adulto Mayor.
  • EXTINCIÓN DE USUFRUCTO. Acto de única y exclusiva voluntad del Adulto Mayor.
  • INSINUACIÓN PARA DONACIÓN. Acto de única y exclusiva voluntad del Adulto Mayor.
  • GARANTÍA ECONÓMICA. Acto de única y exclusiva voluntad del Adulto Mayor.
  • CANCELACIÓN DE HIPOTECA. Cuando sea beneficiario únicamente el Adulto Mayor propietario del bien.
  • RECONOCIMIENTO DE FIRMAS. Cuando en el documento únicamente conste la firma del Adulto Mayor
  • AUTENTICACIÓN DE FIRMAS. Cuando en el documento únicamente conste la firma del Adulto Mayor.

Para el caso de contratos bilaterales, los adultos mayores pagarán el cincuenta por ciento (50%) por la tarifa del servicio, estándoles prohibido asumir el pago del porcentaje que corresponda cubrir a los demás intervinientes.

Art. 127 del Reglamento del Sistema Notarial Integral de la Función Judicial.- Personas con discapacidad.- Las personas con discapacidad que presenten el certificado o documento vigente emitido por la autoridad sanitaria nacional que acredite su condición discapacitante; o sus sustitutos acreditados por la autoridad competente, gozarán de exoneración en el pago de las tarifas notariales, de conformidad al Reglamento a la Ley Orgánica de Discapacidades, siempre y cuando el acto o contrato beneficie directamente a la persona con discapacidad, estándoles prohibido asumir el pago del porcentaje que corresponda cubrir a los demás intervinientes

Notaría 7 de Riobamba | Dr. Pablo Muñoz Rodríguez